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miércoles, 11 de junio de 2025

Breve noticia sobre la gestación del Convenio 192 de la OIT: Prevención y Protección frente a los Peligros Biológicos en el Trabajo


 


Introducción

 

El miércoles 12 de junio la web de la OIT publico las versiones oficiales del tecto acordado de un convenio y una recomendación relativo a la protección de los trabajadores frente a riesgos biológicos en el entorno de trabajo.

Este texto, que será el convenio n.º 192 y su Recomendación complementaria (que será la 209) marcará un hito en la evolución del derecho internacional del trabajo.

https://www.ilo.org/sites/default/files/2025-06/ILC113-CNB-D3-SP.pdf)

 

En esta crónica jurídica pretendo analizar el proceso normativo desarrollado entre las 112.ª y 113.ª Conferencias Internacionales del Trabajo (CIT), celebradas entre 2024 y 2025, a través de un enfoque comparativo entre el texto preliminar —la llamada “versión azul”— y el texto final adoptado. Se examinaré los cambios normativos sustantivos, las tensiones tripartitas, y las implicaciones jurídicas derivadas de esta nueva normativa internacional.

 

1. De la Iniciativa Normativa a la Aprobación: Contexto y Metodología

 

La iniciativa de regulación sobre peligros biológicos en el trabajo fue incluida en la agenda de la OIT en 2021. La primera discusión sustantiva se celebró durante la 112.ª CIT en junio de 2024, dando lugar al Informe IV(4), denominado “versión azul”. Esta versión consolidó los aportes tripartitos de gobiernos, empleadores y trabajadores, sirviendo como base para la segunda discusión desarrollada en la 113.ª CIT entre mayo y junio de 2025.

 

Este estudio se estructura en torno a una metodología comparativa, en la que se contrastan los textos de la “versión azul” con el Convenio y Recomendación adoptados. El objetivo es identificar:

 

  1. Los cambios sustantivos (inclusiones, supresiones, reformulaciones);
  2. La dirección normativa de dichos cambios en cuanto a los derechos laborales, obligaciones estatales y empresariales;
  3. Los argumentos tripartitos que incidieron en la redacción final.

 

2. Análisis de la Fase Preliminar: Tensiones Emergentes

 

En la etapa inicial del proceso, el contenido del Informe IV(4) dejó entrever varios ejes de conflicto. A pesar de su vocación abarcadora, el documento contenía cláusulas sujetas a interpretaciones restrictivas. Algunos puntos conflictivos fueron:

  1. Ámbito de aplicación: Aunque se establecía una cobertura genérica para “todas las ramas de actividad”, la inclusión de una cláusula de exclusión. gubernamental generó preocupación por la posible omisión de sectores clave, especialmente en la economía informal.
  2. Protección de denunciantes: Se proponía “asegurar” mecanismos de protección, un verbo percibido como insuficientemente exigible por parte de las centrales sindicales internacionales.
  3. Riesgos psicosociales y climáticos: El texto omitía explícitamente menciones a salud mental y cambio climático, pese a las presiones de los representantes de trabajadores por su incorporación.
  4. Sectores de alto riesgo: Se presentaba una lista meramente ilustrativa, con formulaciones vagas sobre el manejo de agua y desechos, obviando sectores esenciales en regiones en desarrollo.

 

3. Segunda Discusión: Dinámica de Negociación Tripartita

 

La segunda ronda de discusión normativa implicó un total de 68 enmiendas. Cada grupo tripartito defendió sus prioridades:

  1. Los empleadores enfatizaron la necesidad de flexibilidad normativa y protección de información confidencial.
  2. Los trabajadores insistieron en consolidar la jerarquía de controles, ampliar la protección de denunciantes, y reconocer riesgos emergentes como pandemias y crisis climáticas.
  3. Los gobiernos buscaron posiciones de equilibrio, basándose en experiencias previas de los Convenios n.os 155 y 187.

 

Entre los momentos críticos de la negociación destacaron:

  1. La introducción explícita de la salud mental y los riesgos climáticos en la política nacional (art. 4 c-d del Convenio).
  2. La modificación de la cláusula sobre protección de denunciantes: se sustituyó “asegurar” por el imperativo “garantizar”, y se amplió la protección a representantes sindicales (art. 6 b-c).
  3. La redefinición de los sectores de alto riesgo, abandonando listas cerradas por un enfoque abierto que incluye a sectores esenciales como transporte, construcción, gestión del agua y desechos (art. 7 c-i).

 

4. Consolidación Normativa: Cambios Sustantivos Incorporados

 

El texto definitivo introduce avances normativos significativos respecto de la “versión azul”:

 

Eje Temático

Avance Normativo

Referencia Normativa Final

Definición de “peligro biológico”

Inclusión de alérgenos, irritantes, salud física y mental, transmisión indirecta

Art. 4 c-d; párrs. 5-6 de la Recomendación

Política nacional

Enlace explícito con riesgos climáticos

Art. 4 d del Convenio

Protección de denunciantes

Uso de “garantizar” y cobertura sindical

Art. 6 del Convenio

Planes de emergencia

Inclusión de brotes epidémicos

Art. 18 del Convenio

Derechos colectivos

Derecho a reubicación, tratamiento y rehabilitación

Art. 19 h-i del Convenio

Datos y vigilancia

Estadísticas desagregadas por sexo, obligación de investigación

Art. 11 del Convenio; párr. 18 de la Recomendación

 

b) Garantías de derechos laborales:

El cambio lingüístico de “asegurar” a “garantizar” en materia de protección de denunciantes fortalece la exigibilidad jurídica de esta garantía. Además, el reconocimiento del derecho a la rehabilitación sitúa la salud laboral dentro del marco del paradigma de “una sola salud”, respaldado por la OMS.

 

c) Inclusividad sectorial:

Pese a no mencionarse expresamente los servicios públicos, el nuevo marco normativo asegura su inclusión mediante la alusión a “trabajadores esenciales”. La especificación de sectores de alto riesgo responde a las realidades laborales de América Latina y África, incluyendo la gestión de residuos sólidos urbanos.

Perfecto, continúo con la siguiente sección de la crónica jurídico-académica:

 

6. Diálogos Normativos y Alineación con Instrumentos Internacionales

 

El Convenio 192 no se genera en un vacío normativo, sino que dialoga activamente con otros instrumentos del derecho internacional del trabajo y del derecho sanitario global. Su estructura y contenido evidencian una intención clara de coherencia con tratados previos como los Convenios n.º 155 (Seguridad y salud de los trabajadores) y n.º 187 (Marco promocional para la seguridad y la salud en el trabajo), así como con los principios de la Declaración de 2022 sobre los Principios y Derechos Fundamentales en el Trabajo, y el recientemente aprobado en la OMS del tratado contra la pandemia, que incorpora también, como un símbolo de los nuevos tiempos, una regulación sobre los trabajadores de primera linea.

 

Asimismo, la inclusión de riesgos como el cambio climático y las pandemias evidencia un alineamiento con las recomendaciones de organismos como la OMS, en el marco de políticas de salud pública integradas. El principio de “una sola salud”, que vincula la salud humana, animal y ambiental, subyace como criterio técnico y normativo transversal.

 

7. Perspectiva de Género y Datos Desagregados

 

Un aspecto innovador del Convenio 192 es la exigencia de estadísticas laborales desagregadas por sexo, establecida en el artículo 11 y complementada por el párrafo 18 de la Recomendación. Esta previsión normativa no solo mejora la calidad de la información para la gestión de riesgos, sino que también institucionaliza una perspectiva de género en la seguridad laboral.

 

La inclusión de esta cláusula responde a la presión ejercida por varias delegaciones, particularmente de países de Europa y América Latina, que insistieron en la necesidad de visibilizar la exposición diferencial de mujeres a peligros biológicos en sectores como salud, educación y cuidados.

 

8. Derechos Colectivos y Salud Ocupacional: Un Paradigma Expansivo

 

El artículo 19 del Convenio representa una ampliación significativa del enfoque clásico de salud ocupacional. Al reconocer derechos como la reubicación, el tratamiento y la rehabilitación después de una exposición a peligros biológicos, se traza una nueva frontera entre la prevención y la garantía de reparación.

 

Estos elementos desplazan el paradigma punitivo o meramente compensatorio hacia uno preventivo y restaurativo. En términos jurídicos, configuran derechos subjetivos con exigibilidad directa y perfil justiciable, lo que podría abrir nuevas líneas de litigación estratégica en el ámbito del derecho laboral internacional.

 

9. Impacto Normativo en América Latina y el Caribe

 

Desde una perspectiva regional, el Convenio y la Recomendación contienen elementos particularmente relevantes para América Latina y el Caribe. La incorporación de sectores como la gestión de residuos sólidos y el transporte responde a una realidad estructural del empleo en la región, donde grandes franjas de trabajadores operan en condiciones de informalidad o baja protección normativa.

 

Además, el mandato contenido en la Recomendación sobre la creación de protocolos específicos para la manipulación de residuos peligrosos establece un estándar operativo que puede ser adoptado por legislaciones nacionales con escasa regulación en la materia.

 

10. Hacia la Implementación: Retos y Perspectivas

 

La aprobación formal del Convenio 192 y su Recomendación no marca el fin del camino, sino el inicio de su verdadera prueba de eficacia: la ratificación y aplicación efectiva por parte de los Estados miembros. Entre los principales retos destacan:

  1. La adecuación normativa interna, que exigirá reformas legislativas en materia de salud y seguridad en el trabajo.
  2. La creación de capacidades institucionales, especialmente en los países en desarrollo, para implementar mecanismos de vigilancia, protección de denunciantes y recopilación de datos desagregados.
  3. La fiscalización independiente, a fin de verificar el cumplimiento efectivo de las disposiciones en sectores de alto riesgo.

 

El éxito de este instrumento dependerá, en última instancia, de la voluntad política y del fortalecimiento de los actores sociales —particularmente sindicatos y organizaciones de la sociedad civil— para ejercer una vigilancia activa sobre su aplicación.

 

11. La Cláusula de Protección de Denunciantes: Un Derecho Fundamental Emergente

 

Uno de los elementos más debatidos durante las discusiones normativas fue la cláusula de protección de denunciantes. La transición del verbo “asegurar” a “garantizar” en el artículo 6 del texto definitivo no es una cuestión meramente semántica. En términos jurídicos, representa un paso decisivo hacia la consolidación de un derecho fundamental emergente en el derecho laboral internacional: el derecho a denunciar sin temor a represalias.

 

Además, el reconocimiento expreso de los representantes sindicales como titulares de este derecho fortalece el rol de las organizaciones colectivas en la defensa de la salud laboral. Esta cláusula se inscribe en una tendencia global hacia la protección de “whistleblowers”, que ya tiene expresión en otros instrumentos como la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción y las directivas de la Unión Europea.

Con esta decisión se fortalece la búsqueda de un instrumento normativo de protección de los trabajadores denunciantes, y se suma un ladrillo a la construcción de un nuevo derecho fundamental en el trabajo, vinculado al ejercicio holístico de los derechos del trabajador como persona integrada, donde sus derechos y deberes como ciudadano no quedan atoradas en la puerta del lugar de trabajo.

 

12. Riesgos Emergentes: Pandemias y Cambio Climático

 

Uno de los méritos más notables del Convenio 192 es su anticipación a los riesgos emergentes. A diferencia de instrumentos anteriores, el nuevo texto incluye de forma explícita las pandemias y los impactos del cambio climático como factores de riesgo biológico en el entorno laboral.

 

Esta incorporación tiene una doble virtud. En primer lugar, permite actualizar las obligaciones estatales y empresariales a partir de las lecciones aprendidas durante la pandemia de COVID-19. En segundo lugar, abre la puerta a una convergencia normativa entre las políticas ambientales, de salud pública y de seguridad laboral, consolidando un enfoque intersectorial necesario para enfrentar los desafíos del siglo XXI.

 

13. Instrumentalización Jurídica: Jerarquía de Controles y Planes de Emergencia

 

El Convenio establece con claridad la obligatoriedad de aplicar la jerarquía de controles en la gestión de peligros biológicos. Esta técnica, ampliamente reconocida en la ingeniería de seguridad, prioriza medidas de eliminación y sustitución del riesgo por encima de los equipos de protección personal.

Asimismo, el artículo 18 introduce la exigencia de planes de emergencia específicos ante brotes epidémicos, desplazando el enfoque tradicional centrado únicamente en “accidentes laborales”. Esta disposición tiene un valor preventivo y estructurante, al obligar a los empleadores a diseñar escenarios de respuesta alineados con protocolos de salud pública.

 

14. Normas Progresivas y Soft Law: El Rol de la Recomendación

 

Más allá del Convenio, la Recomendación asociada cumple un rol crucial como norma de desarrollo progresivo. Su redacción permite incorporar criterios técnicos más detallados y flexibilizar la aplicación según contextos nacionales.

Por ejemplo, la Recomendación insta a los Estados a desarrollar protocolos específicos para la eliminación segura de desechos peligrosos (párr. 9 iii), implementar formación continua en riesgos biológicos, y establecer mecanismos de participación para los trabajadores en la identificación de riesgos.

Este tipo de soft law refuerza la capacidad de los Estados para adaptar las normas internacionales a sus marcos legales internos, sin perder de vista los estándares mínimos establecidos en el Convenio.

 

15. Conclusión: Un Instrumento Transformador con Desafíos de Implementación

 

El recorrido normativo del Convenio 192 y su Recomendación revela una arquitectura jurídica robusta, sensible a las nuevas realidades del mundo del trabajo y dotada de mecanismos eficaces de protección. Entre sus principales logros se destacan:

  1. La inclusión de una definición amplia y holística del peligro biológico.
  2. La ampliación de derechos individuales y colectivos.
  3. La incorporación de riesgos emergentes como el cambio climático y las pandemias.
  4. El fortalecimiento de la protección de denunciantes y representantes sindicales.
  5. El alineamiento con otros instrumentos internacionales relevantes.

 

Sin embargo, la verdadera fuerza de este marco normativo dependerá de su ratificación, implementación efectiva y fiscalización. Solo así se podrá materializar el salto cualitativo que representa esta nueva norma en la historia del derecho laboral internacional.

 

FAQs

1. ¿Qué es el Convenio 192 de la OIT?
Es un tratado internacional adoptado en 2025 que establece normas para la prevención y protección frente a los peligros biológicos en el lugar de trabajo, incluyendo agentes patógenos, pandemias y factores climáticos.

2. ¿Qué innovaciones introduce el Convenio 192 respecto a normas previas?
Introduce una definición amplia de peligros biológicos, incluye la salud mental, exige planes de emergencia, protege a los denunciantes y reconoce el impacto del cambio climático.

3. ¿Qué sectores de trabajo se consideran de alto riesgo en este Convenio?
Incluye sectores como transporte, construcción, gestión de residuos, salud y servicios públicos esenciales, entre otros.

4. ¿Cómo se protege a los denunciantes según este Convenio?
Se garantiza su derecho a reportar riesgos sin sufrir represalias, con mecanismos de confidencialidad y cobertura también para representantes sindicales.

5. ¿Qué desafíos existen para la implementación del Convenio?
Adecuación normativa nacional, fortalecimiento institucional, recopilación de datos, y monitoreo independiente para asegurar su cumplimiento efectivo.

 

martes, 13 de mayo de 2025

Crónica Día 5 – Las palabras también pesan

.... y sobre la hora, directrices!

 

El amanecer de la duda

 

Comienza nuestra reunión de equipo. Día cinco y la sala sigue llena de siglas, papeles, miradas tensas y  ya extraño el café tibio de la mañana. Nos lanzamos de lleno a la Sección 5, pero no tardamos en notar que el lenguaje es un campo de batalla. Me piden que explique la “garantía de información” incluida en nuestra enmienda. Lo intento, con cautela. Cada palabra parece un equilibrio entre lo técnico y lo político, entre lo aspiracional y lo aceptable. Como queremos la información? La queremos suficiente, fundada, en términos que puedan ser atendidos y entendidos por quien la recibe,  con todo lo necesario para tomar una decisión responsable.


 

El lenguaje importa, pero el silencio también. Estamos atascados en el artículo 148. No podemos mencionar “trabajo precario”, una realidad que todos conocen pero nadie quiere nombrar. Así que buscamos un disfraz: “déficit de trabajo decente”. Suena más suave, más diplomático, pero también más ambiguo. ¿Nos traicionamos al suavizar la verdad? ¿O ganamos espacio para avanzar?

Hago aquí otras digresión: creo que estas batallas son parte de otras. Uno de las otras y que la precede es la de la construcción del concepto hasta transformarlo en sentido común o al menos, sentido “aceptado”. Lo hablaba ayer con Federico Parra, de WIEGO.  Se discutía en la plenaria un adjetivo para el sustantivo “precio”. En algún recodo de la discusión “adecuado” tuvo su oportunidad aunque finalmente no hizo honor a su razón de ser y ser transformó en su antónimo, pero lo importante a esta altura de mi cuento es que hablábamos de la tarea de construir el sentido de los adjetivos, y como mejor decía el compañero Parra, llenar ese cuenco vacío con nuestras aspiraciones, hacerlo un instrumento de nuestra narrativa. 

 

Construyendo sobre la historia (y la táctica)

 

Con la revisión completada, nos volcamos al apéndice. Lene de la oficina de Actrav, propone sumar resoluciones sobre salario mínimo y transición justa para fortalecerlo. ACTRAV es el nombre de la oficina de la OIT que se encarga de las Actividades de los TRAbajadores y asiste a las organizaciones sindicales en estos encuentros. Hay movimiento, pero también preguntas: ¿Estamos siendo estratégicos? Si el apéndice menciona, “entre otras…” por qué no dejar a la imaginación jurídica de los que vendrán después llenar ese “entre otras”? resolvemos que no, porque nadie puede afirmar que exista algo así como “la imaginación jurídica” y porque quienes dicen que se han topado con ella, se trata en verdad de una entidad maligna, nacida para causar daño… 

 

Me quedo rumiando una inquietud de la noche anterior. ¿Hemos fallado en nuestra estrategia argumentativa? Tratamos de justificar nuestras enmiendas apelando a la precedencia normativa. Pero si lo que buscamos es sostener una posición ética, ¿por qué no partir desde la pregunta clave?: ¿Está usted de acuerdo con remover este obstáculo que impide este resultado deseado? Si está de acuerdo con el objetivo, entonces su desacuerdo es con el instrumento o con la oportunidad? Si es con el instrumento, cual imagina que sería más eficaz? Si es con la oportunidad, cuando lo haríamos? 

 

Tal vez debimos ser más frontales. Si alguien no está de acuerdo con mi propuesta, pero sí con el objetivo que persigo, entonces ¿cómo propone alcanzarlo? Las preguntas simples revelan verdades complejas.

 

Volver al origen (cuando todo se enreda)

 

Ahora si en el plenario del último día.  Volvemos al párrafo 1.3. Queremos restituir el texto original.  Nos resistimos a aceptar la idea de que la población sea la causa del residuo. Ese tipo de culpabilización no tiene sustento ni justicia. 

En el 1.6., los empleadores se oponen al término “desguace”. Kan nos cuenta que en Pakistán hay más de un millón de trabajadores en ese sector. Lo que para algunos es un tecnicismo, para otros es pan de cada día, vida o muerte.

 

En el párrafo 11, Kan propone aceptar el texto como está. This document provides guidance on policy measures and actions that governments, employers,

workers and other key actors can implement to address decent work opportunities and challenges in recycling operations and other sectors in which recycling takes place.” Todos asentimos.

 

Choques ideológicos: lo mínimo que no es tan mínimo

 

Llegamos al 15.b. sobre la responsabilidad de la empresas de ajustarse a ciertos compromiso normativos Los empleadores se oponen a incluir las Directrices de la OCDE. El argumento? No  es un documento tripartito. Insistimos en que tampoco en un documento normativo, y estamos invitados a proponer buenas prácticas, y en “la casa” (ya le decimos la casa a la OIT como si fuéramos de toda la vida!) ya hay documentos que lo utilizan de referencia … pero no. red line para los empresarios.

Pero no estamos dispuestos a retroceder. Están en la Declaración de Empresas Multinacionales, tienen peso. Lo defenderemos. Y lo ganamos. Bueno. eso creemos.

 

Luego, presentamos un nuevo párrafo que parece de sentido común: que los gobiernos garanticen la aplicación efectiva de la legislación, que fomenten empresas sostenibles, que promuevan un marco estable… Queremos moverlo a otra sección. Por ahora, queda flotando.

Spoiler Alert! Lo que dejamos para después en estas negociaciones, si no significa que para nuestro jefe/sindicato/ socio/ gurú/ amor de la vida (elija usted) es red line tambien, quedara en el mismo saco de las frases tipo “el mes próximo empiezo la dieta” . Regla de las negociaciones: cuando anotes en un borrador “lo dejamos para después” estate preparado para tachar “después” al término de la jornada.

 

Sostenibilidad, diálogo y tecnología: una trinidad frágil

 

Volemos a reunión de grupo de trabajadores.

En el 21.i), Alex (prometo hacer ua sección contando los personajes)  propone mantener el texto entre corchetes. Tres nuevos subpárrafos son discutidos. Todos apuntan a lo mismo: crear un entorno favorable para las empresas sostenibles, invertir en tecnologías que mejoren las condiciones laborales, y diseñar políticas de formación y reconversión profesional con enfoque de justicia social.

 

Son textos tomados directamente de documentos oficiales, como el de la OIT de febrero, una discusión tripartita sobre salarios mínimos, que al parecer tuvo una problema serio: los sindicatos pensábamos que “mínimo” se refería a  algo así como @no me podes pagar menos de ….” Y del otro lado de la mesa “intentaremos pagarte lo mínimo….” , asi que, nuevamente, sustantivo correcto, adjetivo discutido. Aunque suenan impecables, no todos están convencidos. Aprobamos los tres. A veces hay que aprovechar las rendijas que deja la técnica para avanzar políticamente.

 

En el 21.vi, se sugiere reforzar la colaboración en los lugares de trabajo. Pero aquí hay algo extraño. La regla de colaboración de los trabajadores con los empleadores en los lugares de trabajo es una obligación por encima de la ya propia de la subordinación de la prestación laboral contratada y de las propias de la buena fe. Es una regla expresa que nace con la obligación patronal de garantizar un entorno de trabajo seguro, para lo cual ellos supeditan a que los trabajadores, beneficiarios de ese entorno, no la caguen -mi latín es esplendido! Es un regla que si bien molesta a la autoestima obrera ya que significa algo así como “no seas tan estúpido como para matarte con toda la plata que estoy gastando para cuidarte como si seas el Messi de la línea de montaje cuando no sos ni el 4 suplente del club de futbol del barrio” tiene su lógica. Nunca esta demás prestar atención. Todos hemos visto a Homero Simpson trabajando al lado nuestro. 

 

Pero la regla se ha sentido cómoda y ha empezado a expandirse a otros lugares de la empresa y pretende ahora engordar, ponerse bonita y mandona en el espacio que le deje todo aquello que admita los adjetivos “sustentable” y “productivo” . en todo el borrador de este documento y en el nuevo paisaje literario de “la casa” alguna pluma de los empleadores, el Banksy del capitalismo viene pintando grafittis de colaboración obrera activa YA con la empresa. 

 

Otro Spoiler Alert: soy un viejo mal llevado y todo lo que sea “hacer la amistad” como dicen las barras, me suena mal. Pero imagino que la vere seguir engordando y esta reglita que nació para cuidar a los trabajadores me saludara como regla protectora del “in dubio pro empresa”

 

Riesgos invisibles: una lucha por nombrar lo evidente

 

Llegamos al párrafo 102. Aquí se tensa todo. El texto original de la OIT reconoce que la industria del reciclaje, junto a la minería, la construcción, y el desguace de buques, es de las más peligrosas. Habla de riesgos biológicos, químicos, ergonómicos, psicosociales… Todo lo que ya sabemos.

 

Pero los empleadores no quieren que el reciclaje sea considerado riesgoso. Menos aún que se mencione la minería o el desguace. ¿Qué estamos discutiendo entonces? ¿La realidad o la narrativa?

 

Michel defiende el inciso q), que exige mínima exposición al riesgo, especialmente cuando no hay información suficiente. “mínima exposición al riesgo” es una regla que deberíamos incorporar en todos nuestros convenios, se desprende del nuevo derecho fundamental y es fácil de explicar. Los gobiernos aceptan. Los empleadores quieren rebajar todo a una “evaluación de riesgos”. Citamos directrices técnicas, apelamos a precedentes. Queda en corchetes, pero con dignidad.

 

Agregamos nuestros propios párrafos a la sección 103 (dedicado al quinto fundamental, derecho a un entorno seguro y saludable) . En el 104, se aprueba el inciso C, y el inciso J también pasa sin mayores sobresaltos.

 

Pero en el inciso K, se genera otro choque. Nuestra propuesta: asegurar acceso a sombra, agua potable, atención médica, instalaciones de lactancia. Los empleadores no quieren asegurar, quieren promover. Nos cuesta aceptar esa dilución. Pero terminamos acordando un texto intermedio.

 

Сlaro, les estoy hablando en chino, ni es asi? Major retrocedo y explico. 

La practica es que estos documento se dividen en la menos unidad de sentido posible. Por ejemplo este tiene secciones, estas a su vez subsecciones, y todo el documento esta dividido en parrafos.la discusión se hace parrafo por parrafo. Cada sector puede proponer modificaciones (enmiendas): agregar, quitar, cambiar. Las otras parte pueden aceptar, rechazar o proponer modificar el original e incluso la enmienda hecho por otro. Se les llama subenmiendas. Como se lee eso?  Asi:

 

Entre sombras, corchetes y esperanzas

 

A medida que el día avanza, volvemos a enfrentar esa tensión constante: hasta dónde ceder para avanzar, hasta dónde insistir aunque nos dejen en corchetes. A veces ganamos terreno con pequeños cambios. Otras veces perdemos todo al elegir una palabra.

 

Pero seguimos…. Pero antes…

Учздшсфтвщ уд срштщ (explicando el chino)

 

Сlaro, les estoy hablando en chino, no es así? Mejor retrocedo y explico. 

La práctica es que estos documento se dividen en la menos unidad de sentido posible. Por ejemplo este tiene secciones, estas a su vez subsecciones, y todo el documento está dividido en párrafos. la discusión se hace párrafo por párrafo. Cada sector puede proponer modificaciones (enmiendas): agregar, quitar, cambiar. Las otras parte pueden aceptar, rechazar o proponer modificar el original e incluso la enmienda hecho por otro. Se les llama subenmiendas. Como se lee eso?  Asi:

 

 

Y mientras cae la noche, se forman nuevos equipos, se redactan nuevas versiones, y se preparan los discursos que mañana intentarán mover montañas con comas y conectores.

El precio del trabajo y la dignidad de nombrarlo

Entramos en la segunda plenaria del día. Comienza la sección 4 destinada a la protección social. En el párrafo 107,  hay acuerdo. Un raro momento de paz, rara ya que el 107 dice:

Sobre esa media de informalidad, en el sector del reciclaje vinculado a la gestión de residuos, suele pasar del ochenta por ciento. 

En el 109b, relative a las obligaciones de los gobiernos respecto del acceso a la proteccion social  (analyse and identify the specific barriers faced by recycling workers in accessing social protection, bearing in mind the conditions of precarity in the sector heterogeneous nature of the workforce and the specific contexts and value chains of recycling;) los empleadores piden cambiar  la precariedad por la “deficiencia de trabajo decente”. Volvemos al problema del lenguaje: nombrar una carencia como déficit ofende menos que como precariedad, pero también la esconde.

En el 109c hay una enmienda que no entiendo. Por suerte, los empleadores la retiran porque no todo conflicto necesita una batalla. En el 109 inciso e) se elimina nuestra enmienda que contenía el pedido del reconocimiento y reparación histórica, es decir, reconocer a los trabajadores informales los años trabajados en esa situación a los fines de acceder a los beneficios de la protección social. Los gobiernos no están muy convencidos y nadie quiere forzar la discusión. Se hace constan en actas que se sobreentiende que se brindara protección social en los términos de la propuesta general de esta sección. En el 109h, los gobiernos aceptan reforzar a los inspectores, algo fundamental, aunque la idea original era brindarles más facultades, terminamos acordando en mejor entrenamiento y más capacitación.. El 109j, donde incluimos una batería de medidas de financiamiento público para sostener la transición hacia el trabajo decente en linea con la directrices de transición justa,  lo retiramos por la fuerte oposición de los empleadores. Ganar espacio a veces requiere saber cuándo dejar ir.

Transición justa: ¿promover o asegurar?

En la sección 4.2, las condiciones de trabajo toman el centro del debate. En el párrafo 112 proponemos asegurar una transición justa, pero los empleadores quieren “promover”, “fomentar”, “avanzar”. Nos remitimos al documento del 2023, donde ambas formas conviven. En la versión en español dice “promover”, en la inglesa dice “ensure”. Pedimos revisar. Palabras que parecen sinónimos se convierten en trincheras pero se acuerda un parrafo final.

Retiramos la 115 donde proponíamos en las descripciones de las formas de empleo algunas de difícil caracterización, y creo que ganamos con la simplificación,  También la 117 a)  intentamos involucrar las las cadenas globales pero los empleadores se niegan porque …. No son sus representados…. En 117 c) establecemos obligaciones para los gobiernos para garantizar la igualdad y la protección de los migrantes. Hay un nuevo párrafo de los empleadores. Parece inocente, pero suena a condicionamiento .

Reunión de último minuto: el grupo de trabajadores se reorganiza

Probablemente esta sea la última reunión del grupo. Revisamos el 119, el 128. 

Los traductores llegan tarde así que quizás hallamos acordado una estrategia solida o comprar una isla en el mediterráneo, aun no lo sabemos. Entre no estar seguros de si la versión multienmendada que tenemos en nuestras computadoras es la última, la anteúltima, o la próxima,  y las dificultades del lenguaje técnico de los documentos de la OIT, avanzamos a fuerza de actitud.

Volvemos a plenaria sabiendo que nada más importa. Los empleadores sugieren que los trabajadores participen en la fijación del salario mínimo según legislación nacional. A primera vista suena bien. Pero el “según” nos preocupa. ¿Qué pasa si en un país no hay legislación? ¿Y si está diseñada para excluir? Ese pequeño adverbio relativiza un derecho.

Quieren insertar párrafos sobre promover el diálogo social, las conclusiones de la OIT en materia de salarios, y la igualdad de remuneración. Los textos no molestan, pero su intención parece diluir más que empoderar.

 

Horas de trabajo: género, exposición y omisiones

 

En el 118 logramos un reconocimiento clave: la vulnerabilidad de género por alta exposición a riesgos en el reciclaje. Aceptada con correcciones. En el 120 también hay acuerdo sobre las horas nocturnas. El nuevo párrafo 123 nos retrasa, pero es vital: propone monitorear las horas de trabajo, denunciar violaciones y colaborar con autoridades laborales. Suena obvio, pero no es menor y también, una debate que ha sido recurrente en esta semana: incluir a la negociación colectiva como una especie del género “dialogo social” no se enuncia de ese modo, nadie lo dice así, pero es uno de los elefantes que pasean por la habitación.

En el 127 reaparece el viejo debate: ¿precio justo o precio adecuado? Parece semántico, pero es profundamente político. El precio justo implica una revalorización estructural. El adecuado es más relativo, más negociable. Una forma de controlarlo sin cuestionarlo. Para los empleadores el “precio” es innegociable, intratable, esta reunión no tiene competencia para tratar el tema y otros etcétera. Una pena, porque las externalidades negativas son el jinete que pasea arriba de los elefantes. 

Negociación de precios: un derecho esquivo.

En el 128, los empleadores insisten en que el derecho a participar en la fijación de salarios debe ajustarse a la legislación nacional. Un recorte encubierto. Proponen “promover el comercio justo”, pero se niegan a mencionar “precio justo”. Rechazan incluso que se hable de campañas de sensibilización. Todo lo que implique empoderamiento fuera del salario directo les resulta sospechoso.

En el 129, (Welfare and well-being facilities comprise feeding facilities, rest facilities, recreation facilities excluding holiday facilities, and transportation facilities to and from work where ordinary public transport is inadequate or impracticable. The Welfare Facilities Recommendation, 1956 (No. 102) defines key principles and standards for workplace facilities as part of OSH considerations. The Workers' Housing Recommendation, 1961 (No. 115) provides guidance for the housing of workers in the recycling sector, including those who are self-employed and aged, retired or physically handicapped persons. Measures to improve workers’ welfare and well-being facilities should complement OSH measures in order to ensure that workers are safe, healthy, satisfied and engaged at work and be part of an integrated approach to occupational and community health in recycling areas, considering that housing precariousness and the lack of basic services are also structural risk factors for health.) intentamos introducir el Convenio 177 sobre trabajo a domicilio, pero no hay forma. También se oponen a incluir medidas para apoyar campañas. No quieren ver al trabajador fuera del marco patronal. La mediación de los gobiernos a favor del derecho de peticionar parece torcer la balanza a nuestro favor.

 

Violencia, alojamiento y silencios necesarios

 

En el 134 aceptan nuestro subpárrafo y logramos un sistema de reporte anónimo y seguimiento de la violencia, así como garantías para los representantes sindicales cuando viajen para inspección o campanas. Ellos hablan de cooperación del trabajador para garantizar su propia seguridad. Un equilibrio incómodo entre derecho y responsabilidad. En el 135, Fidji, cuyo gobierno será durante toda la reunión un aliado sereno de las posiciones mas protectoras,  insiste con apoyar las campañas sindicales de sensibilización, ofrecer  alojamiento y mejoras, pero no conmueve a la parte empleadora en principio a la parte empleadora  y nos ganamos otro corchete. El 135, en el que se reconoce que el reciclaje es una parte de la gestión de los residuos y es esencialmente público,  se aprueba, pero sin florituras.

Una pausa. Son las cinco. Quedan aún corchetes por resolver.

 

El peso de los corchetes. La diplomacia de última hora

Aclaración 2: “los corchetes”  son eso, el signo tipográfico, que se usa para englobar aquellas frases en las que no nos ponemos de acuerdo en aprobar, rechazar, modificar o lo que fuere, y la dejamos para después. El documento, que como ya conté está dividido en párrafos, (155) se ganó más de 30 corchetes, nos quedan 20 párrafos por ver, y los treinta corchetes más los que se le sumen.

La plenaria se reanuda a las 19:34. Un pequeño equipo se encarga de resolver los corchetes. Nuestro vicepresidente informa con detalle el procedimiento. Arrancamos con el párrafo 30. Volvemos al texto original, pero eliminamos “sensible al género”. Una pequeña derrota disfrazada de consenso, donde pedimos que los servicios para el desarrollo de las empresas sustentables presten atención a ciertas condiciones de vulnerabilidad queda una clausula genérica..

El párrafo 35, sobre acceso a los mercados, queda limpio: retiramos nuestra propuesta y los empleadores hacen lo mismo. En el 37E no hay mayor conflicto. El 103k también se acuerda. Finalmente, se acepta incluir el desguace de buques. Pequeñas victorias en medio del desgaste.

En el párrafo 3 y el 11 todos queremos el texto original. En el 15b, las Directrices de la OCDE finalmente ingresan, aunque con una redacción más ligera. Se diluye el contenido, pero permanece la intención.

Sin embargo, la mañana del miércoles todo lo que parecía razonable comienza a parecer, según la presidencia, “impertinente”. Muchas propuestas van cayendo de los corchetes como hojas secas. La subjetividad de lo “pertinente” se convierte en filtro de lo posible.

Las ESS y el lugar en la mesa

El 46 - donde se habla de lo que los empleadores deberían hacer- incorpora en su inciso c) a las entidades de la economía social, lo que  justificaría el ingreso de las mismas a la categoría de empleadores. Esta ambigüedad atraviesa todo el proceso: ¿estamos del lado de los trabajadores o del lado del mercado? Esta pregunta vuelve con fuerza en el 64d, donde el tema del “precio justo” se enfrenta a una nueva propuesta: “garantizar competencia leal”.

¿Pero la competencia leal es compatible con los principios de la economía solidaria? Logramos el milagro de poner en corchete lo que ya estaba, un doble corchete y la ronda de revisión continúa

 

Libertad de asociación: una trinchera ideológica

El párrafo 73 reabre un viejo conflicto. Los empleadores rechazan que la libertad de asociación se trate como un “derecho habilitante”. Argumentan que la democracia es la base de la libertad sindical, no al revés. Nosotros respondemos con la Declaración del Centenario de la OIT. No aceptan. Retiramos la enmienda. Volvemos al texto original, que también rechazan. Queda en corchetes.

La presidencia sugiere un texto alternativo basado en la discusión del año anterior. Se acepta. Los empleadores también retiran su enmienda del 74, que subordinaba la negociación colectiva al diálogo social como género-especie.

En el 77, eliminan la enmienda que limitaba el acceso sindical a los lugares de trabajo. Una victoria silenciosa.

Contradicciones estructurales

En el párrafo 83, nos enfrentamos a un problema recurrente: los encabezados hablan de “empleadores y sus organizaciones”, pero la redacción no queda clara. En el 89, los empleadores no pueden aceptar parte del texto. Se proponen medidas para aumentar productividad, formalización e ingresos como vía para eliminar el trabajo infantil. Lo aceptan, pero eliminan el tramo que proponía la trazabilidad de la cadena.

Hemos colocado dos líneas rojas en un solo párrafo: el comercio justo y la erradicación del trabajo infantil. Aceptan uno, rechazan el otro. Resultado: se queda la mención al comercio justo, pero sin trazabilidad. ¿Se puede hablar de justicia sin saber de dónde viene lo que compramos?

Los límites del diálogo

En el 90 discutimos si se debe hablar de “precio justo” o “comercio justo”. Ni a los empleadores ni a muchos trabajadores les convence. Los sindicatos tradicionales negocian salarios, pero las ESS negocian precios. A los empleadores les preocupa que hablar de “precio justo” implique fijación estatal de precios, lo que, según ellos, sería ilegal.

Federico Parra lo defiende: el “precio justo” es buscar el mejor precio posible sin explotar ni ser explotado. Pero el concepto les resulta amenazante. La presidenta lo manda a corchetes (de corchetes).

En el 90d, la oficina propone salario decente, pero nosotros pedimos salario mínimo. Argumentamos que no se puede llegar al decente sin haber alcanzado antes el mínimo. Suena obvio, pero hay que explicarlo todo. Otra lucha de significados.

Las últimas palabras del reciclaje

 

En el 102, la oficina presenta una versión mejorada. Incluye al reciclaje como parte integral de la industria del residuo. El texto nuevo es más claro y contundente. Lo aceptamos.

En la 104, nuestra enmienda sobre seguridad e higiene se debilita. Pasamos al 125. En la 115, corregimos: ya no hablamos de “autoempleados”, sino de “arreglos contractuales”. Más neutro, menos ideológico.

 

En la 128, seguimos con el problema de los precios: muchos sindicatos de trabajadores independientes negocian precios, pero las empresas no lo aceptan. No reconocen el derecho a negociar más allá del salario.

 

En el 133a, los empleadores quieren eliminar un inciso completo que les impone obligaciones. Finalmente, ceden. El 134b se resuelve con un texto sobre alojamiento propuesto por la oficina. Lo aceptamos. Son ya las últimas líneas.El final no escrito

 

Sábado: el silencio de los traductores

 

Ya es sábado. La jornada se extiende, pero los traductores se han marchado. Un detalle que marca el clima: estamos llegando al final, pero no del todo. Seguimos redactando, ajustando, discutiendo.

 

En el 27, la empresa finalmente concede y el entorno de desarrollo empresario se llena del respeto a las normas fundamerntalers del trbajo y los estanmdares internacionales.. En el 64d no se alcanza ningún resultado. En el 90 volvemos a discutir sobre “workers and their organizations”. El 94d habla de “salarios dignos”. En el 128, aún persiste el dilema sobre negociación de precios: un derecho negado a los trabajadores independientes por parte de quienes niegan su existencia como interlocutores válidos.

 

Antes del fin: Los actores.

 

Esta fue la delegacion sindical. Los expertos propuestos por la Confederacion sindical internacional estuvo integrada por: 

1)Mr James Joseph Towers (Trade Union National Convenor, Unite the Union, United Kingdom)

2) Ms Rashim Bedi Senior Coordinator – Policy Intervention, Self Employment

Women’s Association (SEWA), India,

3) Mr Shinya Iwai Chief Assistant Director, International Affairs Bureau, Japan

4) Mr Mohammad Shariful Islam, Council of Metalworkers’ Unions National Coordinator, IndustriALL Global Union, Bangladesh

5) Ms Jennifer Kruschel TCF National Secretary, CFMEU Manufacturing Division,

Australia

6) Sr. Gerardo Gabriel Juara Secretario de ambiente, Asociación Gremial de Obreros y

Empleados de la Conservación Ambiental (AGOEC), Argentina

7) Mr Tumaini Peter Nyamhokya, National Chairman, Tanzania Local Government Workers Union (TALGWU), Tanzania

8) Mr Michel Buitenhuis Senior process engineer, Attero, The Netherlands

 

Este grupo de expertos contó con la colaboración y la guía de un equipo de asesoras de las global unions, integrada por:

1)        Mr Kan Matsuzaki Assistant General Secretary, IndustriALL, que se hizo cargo de la vicepresidencia de la reunión en un momento difícil de nuestra negociación.

2)        Miss Daria Cibrario, Local and Regional Government Officer, Public Services international (PSI)

3)        Ms Niti Pankaj Sheth, Self Employment Women’s Association (SEWA), India

4)        Mr. Federico Parra, Latin America Coordinator of the Waste Prickers Programme, Women in Informal Employment: Globalizing and Organizing

5)        Ms. Taylor Cass Tslbott, Advocacy Coordinator, International Alliance of Waste Pickers (IAWP)

 

Y tuvimos al frente en representacion de la CSI a:

1)        Mr Alex Praça Workers’ Sécretariat des travailleurs, Deputy Director, International Trade Union Confederation (ITUC)

2)        Ms Diana Junquera Curiel Director for Energy and Transition, IndustriALL Global Union

 

 

Para quienes conocen estas reuniones, saben que la voz cantante de cada grupo es llevada por un líder designado. En nuestro caso, ya les conté la inicial designación de James Towers y su sustitución por Kan matsusaki.

Pero tengo que nombrar que el equipo no hubiera estado completo sin Daria Cibrario en representación de la Internacional de Servicios Públicos y su increíble capacidad de trabajo en equipo, Diana Junquera por IndustriALL y su experiencia en negociación internacional en las agencias de Naciones Unidas, y el coordinador de todos nosotros, Alex Praca, de la Confederacion Sindical Internacional, la “CGT” mundial que tuvo la confianza en invitarse a ser parte de este equipo.

 

Entre los expertos quiero señalar a mi compañero de PSI Michel Buitenhuis , del poderoso sindicato holandés FNV un experto en normas de seguridad e higiene y un excelente negociador y  también, un sujeto cálido y sereno que aun en los momentos de mayor tensión tuvo palabras para intentar mejorar las enmiendas.

 

Por el lado de los gobiernos, la paciencia, conocimiento y ductilidad, la mirada de las políticas inclusivas que siempre quisiéramos ver en los documentos, vino de las intervenciones de la jefa de esa delegación, Mme Ann Coenen  Attaché, Service public fédéral Emploi, Travail et Concertation sociale del gobierno de Belgica, y de  Mr Jone Maritino Nemani Permanent Secretary, Ministry of Employment, Productivity and

Workplace Relations , de Islas Fidji, quien aportó siempre palabras de aliento en cada break de la reunión.

 

Finalmente, no quiero dejar de mencionar a las malvadas de la película. Villanas asi uno quisiera encontrar siempre. Jugadoras del mejor juego que jóvenes pero talentosas y con un manejo de los tiempos de la negociación que hacia rato no veía.

Ms Marianela Suarez Jefa, Departamento de Ambiente y Desarrollo Sustentable,

Union Industrial Argentina, subia la vara de las representaciones empresarias que he visto en los últimos anos en la OIT y en otras lados. Mis respetos a su capacidad de debate y a su resistencia para sostener sus líneas rojas. Junto con ella, Ms Natalia Privee Boudeguer,   adviser, International Organization of Employers (IOE), presente en la estrategia y en el respaldo. Cuando piense en “empoderadas” serán ellas.

 

 

AHORA SI! Final.A las 00:50 del sábado se adopta la directriz.

 

Un silencio raro se instala. No es de victoria. Tampoco es de derrota. Es ese tipo de silencio que solo aparece cuando el cuerpo ya no resiste más palabras. alcanzamos un acuerdo sobre el total del texto, ya no quedan corchetes.

 

La línea final: entre lo que se logró y lo que se calló

 

El documento se adopta, sí. Pero no sin tachones, sin paréntesis, sin corchetes pendientes. Muchas de nuestras propuestas se diluyeron en la niebla técnica del “consenso posible”. Otras sobrevivieron, a veces disfrazadas, otras veces más fuertes por haber resistido tanto.

 

En los pasillos, nadie se siente completamente satisfecho. Pero todos entienden que, en este tipo de reuniones, eso ya es una forma de victoria.

 

Quedan muchas preguntas flotando:

¿Para qué sirve un documento si la realidad aún lo contradice?

¿A quién protege cada palabra?

¿Dónde quedan quienes no fueron escuchados, ni mencionados?

 

Conclusión: crónica de un texto con alma

 

Las directrices tiene alma técnica o alma ética, o a veces ambas. Esta es de las que tienen alma ética. Ética humana y ética ecológica. Esta no fue solo una reunión técnica. Fue una discusión ética, política y profundamente humana. Cada coma fue un campo de disputa. Cada término acordado, un espejo de nuestras prioridades. Cada texto tachado, un muestrario de nuestros valores .

 

La lucha por “precio justo”, por condiciones dignas, por reconocimiento a las trabajadoras y trabajadores informales, por justicia ambiental y social, no terminó con esta directriz. Solo encontró un nuevo capítulo. Un texto adoptado puede ser un punto de partida, pero también un techo si no se sigue presionando.

 

Nos vamos con la idea de que el lenguaje importa, pero también importa quién lo dice, desde dónde, y para quién.

 

 

1. ¿Qué son los “corchetes” en estas negociaciones?

Los corchetes indican que un texto no ha sido acordado por todos los actores involucrados. Marcan desacuerdos que deben resolverse antes de la adopción final.

 

2. ¿Por qué es tan importante el lenguaje técnico en estos documentos?

Porque define compromisos, derechos y obligaciones. Una palabra como “asegurar” implica obligación, mientras que “promover” solo sugiere intención.

 

3. ¿Qué significa que se reconozca el reciclaje como parte de la industria del residuo?

Significa visibilizar a quienes trabajan en condiciones peligrosas y muchas veces informales. Reconocerlo permite aplicar estándares laborales específicos.

 

4. ¿Cuál fue el mayor punto de tensión entre empleadores y trabajadores?

Probablemente la discusión sobre precios justos, condiciones habilitantes, y el reconocimiento del rol de las economías sociales y solidarias.

 

5. ¿Cuál es el próximo paso tras la adopción del documento?

Difundirlo, monitorear su implementación y seguir presionando para que no se quede en el papel. La lucha continúa fuera de la sala.

 en estas negociaciones?

Los corchetes indican que un texto no ha sido acordado por todos los actores involucrados. Marcan desacuerdos que deben resolverse antes de la adopción final.


2. ¿Por qué es tan importante el lenguaje técnico en estos documentos?

Porque define compromisos, derechos y obligaciones. Una palabra como “asegurar” implica obligación, mientras que “promover” solo sugiere intención.


3. ¿Qué significa que se reconozca el reciclaje como parte de la industria del residuo?

Significa visibilizar a quienes trabajan en condiciones peligrosas y muchas veces informales. Reconocerlo permite aplicar estándares laborales específicos.


4. ¿Cuál fue el mayor punto de tensión entre empleadores y trabajadores?

Probablemente la discusión sobre precios justos, condiciones habilitantes, y el reconocimiento del rol de las economías sociales y solidarias.


5. ¿Cuál es el próximo paso tras la adopción del documento?

Difundirlo, monitorear su implementación y seguir presionando para que no se quede en el papel. La lucha continúa fuera de la sala.


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